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El "Acuerdo Fundamental" entre la Santa Sede y
el Estado de Israel
P.Jorge Cortés,
VE
Preparativos previos
Sin duda alguna el Acuerdo Fundamental
ha sido un gran logro del pontificado de Juan Pablo II. El Acuerdo que se firmó
a fines del 93’ hizo posible que en junio del 94’ se acordase el
establecimiento de relaciones diplomáticas plenas entre la Santa Sede e Israel.
Fue un gran avance en vistas de las relaciones judeo-católicas. El Vaticano II
había prometido potenciar dichas relaciones; el no mantener relaciones
diplomáticas era considerado por los israelíes y judíos de todo el mundo como un
incumplimiento de promesas. Todo esto ponía un gran obstáculo al diálogo
interreligioso. Muchos de los interlocutores judíos con los cuales la Iglesia
debía comprometerse consideraban el tema de las relaciones diplomáticas como
algo fundamental para el diálogo judeo-católico.
Podemos advertir pasos previos que, de
algún modo, prepararon el Acuerdo Fundamental y los pactos posteriores que se
han dado en el Pontificado de Juan Pablo II. A fines de los ochenta el Santo
Padre en Otratanto (Italia) hizo referencia en una homilía al pueblo judío y al
Holocausto designándolo como “la trágica experiencia del exterminio sufrido
por tantos hermanos y hermanas”. Esa ocasión era la primera vez que el
Papado se refería públicamente al Estado de Israel.
Poco tiempo después Juan Pablo II envió
a Jerzy Kluger, amigo de la infancia, para que iniciase conversaciones privadas
y extraoficiales con diplomáticos de Israel en Roma a fin de tratar temas
relacionados al establecimiento de relaciones diplomáticas plenas. Fruto de
este acercamiento fue que el Santo Padre, en Octubre de 1981, enviase un
telegrama al Presidente del Estado de Israel para desearle feliz Rosh Hashanah,
en ocasión de la celebración del Año Nuevo Judío.
Sin duda alguna fueron pasos
preparativos para el Acuerdo las numerosas veces que el Papa se reunió con
grupos judíos en Roma o en el extranjero, la condena al ataque terrorista a las
sinagogas de Viena y Roma; la reunión con Yitzhak Shamir, ministro israelí de
Asuntos Exteriores; la visita a la Sinagoga de Roma en abril de 1986 y la
declaración que el Vaticano realizara afirmando la no existencia, en la doctrina
católica, de razones teológicas que impidiesen las plenas relaciones
diplomáticas entre la Santa Sede e Israel...cosa que muchos dudaban.
La negociación
A principios del 90’ por decisión de su
Santidad asume como Delegado Apostólico en Jerusalén Andrea Cordero Lanza de
Montezomolo, ex –nuncio en Nicaragua, quien, sin lugar a dudas, fue unos de los
personajes claves del Acuerdo. El arzobispo Montezomolo era hijo de un italiano
víctima del nazismo, esto facilitó enormemente sus relaciones con los
interlocutores israelitas.
Después de la Guerra del Golfo pero
antes de la Conferencia de Paz en Madrid, el Delegado Apostólico recibió una
orden expresa del Papa de tratar de iniciar relaciones bilaterales con Israel.
El arzobispo Montezomolo comunicó esto a sus pares israelitas y comenzó su
proyecto con el P. David María Jaeger, sacerdote franciscano, nacido en Tel
Aviv, hijo de padre israelí y madre brasileña de ascendencia judía.
El P. Jaeger en su juventud conoció el
cristianismo e impactado por la doctrina decidió hacerse católico, pero al no
encontrar nadie que lo quisiese bautizar decidió acudir a los anglicanos, a
ellos les pidió el bautismo y, después se presentó al Patriarca Latino de
Jerusalén diciéndole lo aceptase como un protestante converso.
En el año 1977, el P. Jaeger había
trabajado extraoficialmente con el delegado apostólico en asuntos de estado
concernientes a la Iglesia en Israel. En el Instituto Ecuménico Tantur, fundado
por Pablo VI, Jaeger había ayudado a lanzar un programa sobre los cristianos en
Tierra Santa. Fue corresponsal en Jerusalén del periódico católico inglés
The Tablet. Ingresó en la orden franciscana en 1981; en 1985 hizo sus
votos solemnes y el 19 de marzo de 1986 fue ordenado sacerdote, siendo el único
sacerdote cristiano israelí desde la independencia del estado de Israel.
En 1989 presentó su tesis doctoral en
derecho canónico; el tema: el papel de la diplomacia papal en la preservación de
los derechos legales de los cristianos en Tierra Santa.
Sin duda el P. David era el hombre
idóneo para llegar a negociaciones con Israel: era hebreo, con grandes
conocimientos en lo concerniente a la ley israelí, derecho canónico e historia
de Tierra Santa.
El 20 de Mayo de 1992 se convocaron en
reunión una delegación de la Santa Sede, encabezada por el arzobispo Montezomolo,
con el Ministro de Relaciones de Asuntos Exteriores israelí para elaborar un
texto de anuncio para la creación de la Comisión Bilateral Permanente de la
Santa Sede y el Estado de Israel. El P. Jaeguer se encargó de la redacción del
texto oficial. Posteriormente a la firma del anuncio por ambas partes se originó
una polémica cuando llegó la hora de determinar cuál sería la agenda de la
comisión, pues la Santa Sede sostenía que de no existir acuerdo previo acerca de
la agenda en cuestión, no se llegaría a hacer un anuncio. Dos meses más tarde
ambas partes se reunían en Jerusalén en el Ministerio de Asuntos Exteriores,
allí la Santa Sede propuso incluir las relaciones diplomáticas como el punto
primero, principal y más urgente de los temas a tratar, pues una vez
establecidas las relaciones diplomáticas plenas cualquier otro punto, como las
relaciones estatales de la Iglesia, impuestos, temas legales y de propiedad,
sería negociable. El embajador Moshe Gilboa, contra el parecer de sus consejeros
legales, aceptó finalmente dicha propuesta y así,
el 29 de julio de 1992 se anunciaba oficialmente la
creación de la Comisión Bilateral Permanente de la Santa Sede y el Estado de
Israel.
Cuando se dio comienzo a las
negociaciones la parte católica presentó tres puntos que fueron aceptados por
Israel:
-
Intentar hacer un breve acuerdo sobre
normas y principios generales y no un extenso tratado sobre las relaciones
Iglesia-Estado o concordato. Dicho acuerdo otorgaría ya un grado provisional a
las relaciones diplomáticas, que la Santa Sede consideraba de algún modo
iniciadas con la creación de la Comisión Bilateral.
-
Dividir el trabajo de la negociación
en dos niveles: Nivel Plenario y Nivel Experto. El Plenario, integrado por los
Viceministros de Asuntos Exteriores de ambas partes, ratificaría lo alcanzado
por el Nivel Experto y trataría de dar solución a aquello que no se hubiese
podido resolver en este segundo nivel. El Nivel Experto sería el encargado del
trabajo en detalle, y sería encarado por el Arzobispo Montezomolo y el
Embajador israelí Gilboa.
-
Reciprocidad de plazas a fin de
remarcar el carácter mismo de las negociaciones, el cual era internacional, y
para hacer resaltar que ambas partes actuaban como sujeto de derecho
internacional. Las reuniones a Nivel Plenario se harían en el Vaticano y
también en Israel y aquellas que perteneciesen a Nivel Experto se celebrarían
en Jerusalén tanto en el Ministerio de Asuntos Exteriores como en alguna
institución católica, que en la práctica terminó siendo el Instituto Ratisbona.
El 2 de Noviembre de 1992 y lo largo de
toda una semana se desarrollaron las primeras negociaciones a Nivel Experto. El
tema principal en cuestión era dejar en claro la entidad legal, la cual entraría
en relaciones diplomáticas plenas con Israel.
Si bien la parte israelí tenía
conocimiento de que la Santa Sede era sujeto de derecho internacional y también
que en última instancia solía asociarse con el Vaticano por ser ésta una
ciudad-estado inscripta, sin embargo existía bastante confusión en relación a la
distinción entre Santa Sede y Vaticano. Aún después de haberse firmado el
tratado perduraban confusiones respecto cuál era el estado con que Israel había
establecido relaciones diplomáticas. Durante la cena, la noche de la firma del
Acuerdo, el Ministro de Asuntos Exteriores, Peres, comentó que creía que el
convenio se había firmado con el pequeño estado del
Vaticano.
Ya desde los comienzos era necesario
dejar en claro quién era el homólogo de Israel en las negociaciones: la Santa
Sede y no el Vaticano. En cuanto a derecho internacional se refiere, la Santa
Sede representa internacionalmente y legalmente el ministerio del obispo de
Roma como pastor universal de la Iglesia Católica. Y si bien la autonomía de la
ciudad-estado del Vaticano ayuda a garantizar la independencia de la Santa Sede
como sujeto soberano en el ámbito internacional sin embargo hay estados que
cuentan con embajadas en la Santa Sede y no en el Vaticano. Además es la Santa
Sede quien participa en organizaciones internacionales legales y políticas (como
asambleas de la ONU, por ejemplo).
Pero este no fue el único escollo a
resolver. La Santa Sede en estas tratativas manifestó su intención de clarificar
la situación legal de la Iglesia Católica en Israel, pero el Estado sólo había
reconocido legalmente Iglesias Cristianas locales (como la Iglesia Armenia, la
Católica de rito latino, la Católica Griega, la Griega Ortodoxa, la Maronita,
la Melkita, entre otras) pero la Iglesia Católica como
entidad orgánica con personalidad jurídica no había sido reconocida por Israel,
por tanto los israelitas rechazaban mencionar la Iglesia Católica en las
negociaciones. Finalmente ante el peligro de suspender las negociaciones los
hebreos aceptaron hablar de Iglesia Católica, sin
embargo quedaron dudas que posteriormente pusieron en grave peligro el éxito de
las negociaciones.
Vía extraoficial
En julio de 1992 entra en funciones el
gobierno del Primer Ministro Yitzhak Rabin. Israel establece negociaciones a fin
de lograr relaciones diplomáticas plenas con países árabes como Marruecos,
Túnez, Omán y Katar y también desea hacerlo con la Santa Sede a través del
Acuerdo Básico o Fundamental.
En los encuentros realizados con los
católicos, los israelíes dijeron que las negociaciones para el Acuerdo Básico,
el cual incluía las plenas relaciones diplomáticas, debería cerrarse a fines del
93’, de lo contrario los otros temas debían examinarse de nuevo. La parte
católica deseaba no solo llegar a relaciones diplomáticas plenas con Israel
sino sobre todo que la Iglesia Católica tuviese en Israel el mismo status legal
que tenía en cualquier otro país, por eso es que surgió una estrategia a dos
bandas: se intentaría encarar las negociaciones por una vía oficial y por otra
extraoficial.
Es de pensar que de no haber existido
negociaciones extraoficiales que intentasen lograr el objetivo de las
negociaciones por un modo indirectamente autorizado, el Acuerdo muy difícilmente
habría podido ser alcanzado. Estas negociaciones extraoficiales las realizaron
el P. Jaeguer y Shlomo Gur, diplomático israelí asignado a la oficina de Yosi
Beilin, Secretario del Ministerio de Asuntos Exteriores. Durante el otoño del
93’, se reunieron en más de doce o trece ocasiones en el Hotel Hilton de
Jerusalén. Los dos israelíes confiando plenamente el uno en el otro mantuvieron
conversaciones en modo abierto y personal pues sabían que entre ellos no había
infiltración o partidismo alguno.
La Comisión Bilateral a Nivel Experto
desconocía esta segunda vía paralela de negociaciones. Cuando se llegaba a un
consenso, cada uno, Jaeguer y Gur, comunicaba a sus superiores. Gur elevaba los
informes al Secretario Yosi Beilin y Shimon Peres, Ministro de Asuntos
Exteriores; por su parte el P Jaeguer lo hacía con el arzobispo Jean-Louis
Tauran (ministro de asuntos exteriores en el Vaticano) y el Cardenal Angelo
Sodano (secretario de estado).
Cuando los jefes de las dos delegaciones
a Nivel Experto fueron informados por sus superiores de que el acuerdo se había
logrado por una vía extraoficial, tanto el arzobispo Montezomolo como el
embajador Eitan Margalit, aceptaron inmediatamente el proceso.
Hemos dicho que el primer tema que se
planteó en las primeras reuniones a Nivel Experto organizada en vista al Acuerdo
era el papel de la Iglesia Católica. Pues bien, a última hora volvió a surgir ya
que los israelíes simplemente pensaban incluir la Iglesia Católica en el
conjunto de Iglesias que convivían en su territorio, pero no se podía meramente
equipar la Iglesia con otras expresiones institucionales del catolicismo, esta
manera simplista de solucionar la cuestión no expresaba la verdadera esencia de
la Iglesia la Iglesia Católica que era mucho más que las instituciones presentes
que la conformaban.
De nuevo la vía extraoficial entró en
juego, Jaeguer y Gur se reunieron y entonces convinieron insertar la frase
inter alia (entre otras cosas) en el texto del Acuerdo, de este modo la
Iglesia Católica no quedaba equiparada a las demás instituciones que la
conforman. Así, el Acuerdo al momento de usar los términos “Iglesia Católica”
o “Iglesia”, entendía el “conjunto que incluye inter alia a sus
comunidades e instituciones”. Por su parte los israelíes también incluyeron
idéntica expresión, inter alia, al referirse a “Estado de Israel”o
“Estado” para aclarar que se incluía no solo el gobierno central sino también
todas las instituciones establecidas por la ley israelí como por ejemplo el
municipio de Jerusalén.
En el último tiempo el Acuerdo Básico
fue analizado por una comisión especial integrada por seis cardenales entre los
cuales se contaban Ratzinger, Casaroli, Laghi y Silvestrini y fue aceptado
unánimemente con algunos pequeños retoques que no constituyeron problema alguno
para la parte israelí. Durante las negociaciones se mantuvieron informados los
líderes católicos de rito oriental y también los de la Iglesia Ortodoxa. El
Patriarca Latino de Jerusalén, Michael Sabbah y dos Patriarcas de la Iglesia
Católica Oriental fueron consultados por la Santa Sede acerca de si consideraban
que el Acuerdo Básico podría ser cumplido inmediatamente, a lo cual respondieron
afirmativamente de modo unánime.
Las Comisión Bilateral a Nivel Plenario
se convocó para el 10 de diciembre de 1993 en el Ministerio de Asuntos
Exteriores para formalizar el convenio, sin embargo se requeriría todavía una
nueva negociación a fin de establecer la ceremonia formal de la firma del
Acuerdo. La delegación israelí quería hacerlo en Roma para que su alcance
público fuese mayor. La Santa Sede decía hacerlo en Jerusalén pues los únicos
acuerdo diplomáticos que se firmaban en Roma eran los que se hacían con Italia y
que la costumbre diplomática que siempre se observaba era la de firmar los
acuerdos en el país de destino. Se convino entonces en que la ceremonia formal
se celebraría en dos reuniones: una en Roma, el 29 de diciembre, que aprobaría
el Acuerdo formalmente y otra en Jerusalén, el 31 de diciembre, para firmarlo.
Estructura del Acuerdo
El Acuerdo Básico cuenta con un
preámbulo que enmarca dicho convenio en un contexto histórico-teológico
apropiado. Comienza con un mutuo reconocimiento de “el singular carácter y el
significado universal de Tierra Santa”, matiza “la singular naturaleza de
la relación entre la Iglesia Católica y el pueblo judío”, e incluye su
reciente “proceso de reconciliación y desarrollo desde un mutuo entendimiento”.
El núcleo del convenio lo integran los artículos 1 al 3 inclusive, los
artículos10-12 y 14 del Acuerdo.
En el artículo 1 ambos se comprometen a
“potenciar el derecho humano de la libertad religiosa y de conciencia”,
derecho universal que también el Estado de Israel se compromete a observar en
tanto que obligación legal.
El artículo 2 garantiza “la
cooperación a la hora de combatir toda forma de antisemitismo contra el pueblo
judío e individuos de origen judío en todo momento y lugar”.
Los artículos 3, 10 y 12 establecen una
plataforma para proseguir las negociaciones en el reconocimiento de Israel de “el
derecho de la Iglesia Católica a ejercer funciones religiosas, morales,
educativas, y caritativas, a contar con instituciones propias y a preparar,
nombrar y desplegar su propio personal en las mencionadas instituciones a
efectos de cubrir y cumplir dichas funciones”.
El artículo 14 compromete a ambas partes
a prepararse para mantener relaciones diplomáticas plenas, que se realizarían a
nivel embajada cuando el Acuerdo Básico hubiese entrado en vigor en el plazo de
algunos meses.
Termina el documento con el texto: “Firmado
en Jerusalén, el día trigésimo primero del mes de diciembre, en el año 1993, que
corresponde al decimosexto del día del mes de Tevet, del año 5754”.
Excluyendo el establecimiento de las
relaciones diplomáticas plenas en julio de 1994, es preciso decir que debió
pasar bastante tiempo, prácticamente cuatro años, para que el Acuerdo diese sus
primeros frutos. Si esto ha sucedido ha sido no sólo por la desinformación que
antes hemos señalado sino también por una serie de dificultades las cuales no
son muy fáciles de solucionar, como por ejemplo el
rechazo de ciertos políticos israelíes a negociar con sacerdotes, el secularismo
reinante y la burocracia en general. Con todo, nadie osará decir que el Acuerdo
Básico es un convenio estéril; es un hito histórico e
irrevocable que afecta fundamentalmente las relaciones entre el pueblo hebreo y
la Iglesia Católica Apostólica Romana y que a pesar de muchas dificultades se ha
abierto paso para lograr otro convenio de envergadura como es el que otorga
personalidad jurídica a las entidades eclesiásticas en Israel firmado el 10 de
noviembre de 1997. Además, como anteriormente hemos expresado, gracias a él se
está negociando y su estructura prevé una serie de importantes tratativas
concernientes a las relaciones Iglesia-Estado en Israel que aún deben comenzar.
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